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5 jun 2010



Qué son los derechos fundamentales

Los derechos fundamentales son aquellos inherentes al ser humano, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana.

Cuáles son los derechos fundamentales

La Corte Constitucional determinó unos criterios y requisitos de distinción que permiten identificar un derecho de naturaleza fundamental.

1. Los señalados expresamente en la Constitución en el Título II, Capítulo primero.

2. Los derechos no fundamentales pero que adquieren esa categoría por conexidad.

3. Los consagrados en los tratados y convenios internacionales ratificados por el estado.

4. Los que tengan un carácter inherente a la persona humana, no están señalados en la constitución.

4 jun 2010

Delitos Informaticos En Colombia




DELITOS INFORMATICOS
Definición: la realización de una acción que, reuniendo las características que delimitan el concepto de delito, sea llevada a cabo utilizando un elemento informático o vulnerando los derechos del titular de un elemento informático, ya sea hardware o software.
"Se ha apreciado, hasta los momentos, que las discusiones teóricas en cuanto al establecimiento de una definición universal para los delitos informáticos es un asunto bastante controvertido.
"Se hace necesario, presentar algunas definiciones elaboradas doctrinalmente, que han contribuido al esclarecimiento de lo que debe entenderse por delitos informáticos.

CARACTERISTICAS DE LOS DELITOS INFORMATICOS
De acuerdo a la características que menciona en su libro Derecho Informático el Dr. Julio Téllez Valdés, en donde se podrá observar el modo de operar de estos ilícitos:
•Son conductas criminógenas de cuello blanco (white collar crimes), en tanto que sólo determinado número de personas con ciertos conocimientos (en este caso técnicos) pueden llegar a cometerlas.

•Son acciones ocupacionales, en cuanto que muchas veces se realizan cuando el sujeto se halla trabajando.

•Son acciones de oportunidad, en cuanto que se aprovecha una ocasión creada o altamente intensificada en el mundo de funciones y organizaciones del sistema tecnológico y económico.

•Provocan serias pérdidas económicas, ya que casi siempre producen "beneficios de más de cinco cifras a aquellos que los realizan.

•Ofrecen facilidades de tiempo y espacio, ya que en milésimas de segundo y sin una necesaria presencia física pueden llegar a consumarse.

•Son muchos los casos y pocas las denuncias, y todo ello debido a la misma falta de regulación por parte del Derecho.

•Son muy sofisticados y relativamente frecuentes en el ámbito militar.

•Presentan grandes dificultades para su comprobación, esto por su mismo carácter técnico.

•En su mayoría son imprudenciales y no necesariamente se cometen con intención.
•Ofrecen facilidades para su comisión a los mentores de edad.

•Tienden a proliferar cada vez más, por lo que requieren una urgente regulación.

•Por el momento siguen siendo ilícitos impunes de manera manifiesta ante la ley.

20 may 2010

ECONOMIA SOLIDARIA


PONENTE: MIGUEL ÁNGEL RIVERA GONZALES



Las cooperativas en el Tolima son escépticos al hablar de economía solidaria, el estado crea la ley 454, que nos habla de la economía solidaria, y nos dice que las cajas de compensación, son de economía solidaria cuando no se encuentra ninguna relación, las juntas de acción comunal son de economía solidaria, cuando verdaderamente son del sector del sin animo de lucro las referencias con el cooperativismo no tiene comparación , las empresas comunitarias son de la economía solidaria cuando en unos de su artículos dice y se repartirá sus utilidades, cuando en la economía solidaria nunca plantea repartir sus utilidades y si tendrá que conferir con sus excedentes frente a los servicios al a cual instituye su filosofía. El paradigma de los tolimenses frente a las empresas cooperativas el Tolima no se encuentra frente aun desarrollo. Entorno a las cooperativas si no en un subdesarrollo ya que no tiene creada ninguna empresa cooperativa a nivel nacional.Principios del Cooperativismo

Principios establecidos por la “ACI” Alianza Cooperativa Internacional: Considerada como el organismo representativo del Cooperativismo en el mundo en Manchester – Inglaterra el 23 de Septiembre de 1995.
Los principios Cooperativos son lineamientos por medio de los cuales las Cooperativas ponen en práctica sus valores. Valores: Las Cooperativas se basan en los valores de: Ayuda Mutua, Responsabilidad, Democracia, Igualdad, Equidad y Solidaridad. Sus miembros creen en los valores éticos de: Honestidad, Transparencia, Responsabilidad Social y preocupación por los demás.
Los nuevos principios del Cooperativismo son siete: PRINCIPIO: MEMBRESÍA ABIERTA Y VOLUNTARIA. EL PRINCIPIO MEMBRESIA ABIERTA Y VOLUNTARIA. Es El primero de los principios del Cooperativismo. La libertad y la voluntariedad en las cooperativas se expresa diciendo que las cooperativas deben mantener las Puerta Abierta para que puedan ingresara a ella quienes lo deseen e igualmente para que puedan retirarse quienes lo tengan a bien.